Las distintas tipologías de intervención no intrusiva en el ámbito familiar, tienen el mismo objeto: la acreditación, disposición de testimonios y otros elementos de constitución de prueba en la esfera pública, referidos a:
Asegúrate del correcto cuidado de los tuyos
Queremos dar un enfoque social a la investigación privada, a instancia de particulares, familias y entidades, mediante labores de control y verificación de cumplimiento en roles de asistencia, cuidado y obligación de velar por las personas, desde el ámbito en el que la esfera familiar interactúa con la sociedad, sin injerencias en los asuntos particulares, pero centrados en la salvaguarda e integridad de quienes precisan de especial cuidado y protección; como herramienta complementaria al esfuerzo asistencial y de protección social de las instituciones.
Conocimiento del entorno y supervisión.
Intervención progresiva, no intrusiva.
Detección de factores de riesgo.
Información y acreditación: para una correcta evaluación de medidas de intervención, previsión y mitigación.
Aportación de elementos legales, sólidos y rigurosos para un informe determinante y bien fundamentado.
El testimonio del Investigador, como prueba eficaz y reconocida en los Tribunales en asuntos de naturaleza privada y familiar.
Interesados e involucrados en la evolución del asunto y su solución, con posterioridad a la ejecución del encargo.
SUPUESTO:
SERVICIOS DE INTERVENCIÓN MÍNIMA EN PREVISIÓN DE TRANSGRESIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES: ÓRDENES DE ALEJAMIENTO Y MALOS TRATOS
Propósito: ofrecer la intervención del INVESTIGADOR PRIVADO con carácter preventivo, en circunstancias de posible transgresión de medidas cautelares impuestas casos de malos tratos y de protección a la mujer, la infancia y personas vulnerables de especial protección.
Fines:
Articulación del servicio.
Se dispone de profesionales habilitados de reconocida utilidad en el proceso judicial y conocedores de las problemáticas familiares, para labores de observación, vigilancia (sujeto/víctima protegida) y contra-vigilancia (sujeto agresor/sometido a la medida), u otras accesorias (localización, verificación), en funciones concretas, no intrusivas y complementarias a las establecidas bajo mandato judicial, de carácter restringido y contingente, compatibles y suplementarias a las atribuciones y supuestos de intervención oficial.
Tales intervenciones a iniciativa particular, se llevarían a cabo en horarios, tránsitos y entornos de riesgo concretos y acotados; rigurosamente escrupulosos con la privacidad de las personas y el estricto cumplimiento de las resoluciones judiciales.
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