La labor del Detective Privado está regulada por leyes como la Ley de Seguridad Privada y la Ley de Enjuiciamiento Civil. El detective, aun actuando a petición de parte, tiene el deber de proceder con objetividad, independencia y en la observancia de las sanciones legales en las que pudiera incurrir en el ejercicio de sus atribuciones. La información obtenida debe ser verificada fehacientemente y cumplir con las leyes que regulan su actividad, en especial en lo que respecta a los derechos fundamentales recogidos en la Constitución y el Código Penal. En todo caso, los Detectives deben informar a la Justicia sobre actividades ilícitas que puedan llegar a su conocimiento, constatadas o presuntas, concernientes a cualesquiera de las partes o a terceros ajenos a la Investigación. Los datos e informaciones de naturaleza personal obtenidos invariablemente de fuentes y procedimientos legales, están protegidos por la Ley de Protección de Datos y tienen como destinatarios exclusivos los interesados legitimados, Órganos de Justicia y sus agentes, en el curso de sus actuaciones y atribuciones.
La labor de investigación desarrollada por el Detective Privado es regulada en base a lo dispuesto en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, publicada en el BOE de fecha 5 de Abril de 2014, su Reglamento vigente y de acuerdo con el artículo 335:2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la cual se rige como supletoria en lo no previsto explícitamente por la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. Asimismo acorde a la legislación reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa: Ley 29/1998 de 13 de julio.
El Investigador Titular y sus colaboradores actúan en todo caso, y actuarán con la mayor objetividad e independencia, tomando en consideración tanto lo que pueda favorecer, como lo que pueda ser contrario a los intereses de cualquiera de las partes, siendo conocedores de las sanciones penales en las que se pudiera incurrir por incumplimientos del deber como peritos.
La Ley de Seguridad Privada 5/2014, en su artículo 48.1 expresa:
“Los servicios de investigación privada, a cargo de detectives privados, consistirán en la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados relacionados con los siguientes aspectos:
b) La obtención de información tendente a garantizar el normal desarrollo de las actividades que tengan lugar en ferias, hoteles, exposiciones, espectáculos, certámenes, convenciones, grandes superficies comerciales, locales públicos de gran concurrencia o ámbitos análogos.
c) La realización de averiguaciones y la obtención de información y pruebas relativas a delitos sólo perseguibles a instancia de parte por encargo de los sujetos legitimados en el proceso penal.”
Los datos obtenidos en las investigaciones se encuentran protegidos según lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/99 y no podrán ser divulgados, estando destinados al uso exclusivo del Solicitante, responsable a todos los efectos de la divulgación de datos a terceros.
Las Investigaciones tiene carácter reservado y se emite informe de las mismas al objeto del uso legítimo de Los Interesados, en defensa de sus intereses ante la administración pública e instancias jurisdiccionales, ante las que cabe ratificación del profesional investigador titular. Los datos obtenidos a través de las mismas no serán divulgados a terceros bajo ningún concepto, responderán exclusivamente al fin para el que fueron solicitados y sólo se pondrán a disposición de los Solicitantes y en su caso, de los órganos judiciales y policiales que así pudieran requerirlo, en el curso de investigaciones en marcha. De conformidad con la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
Toda la información recogida en los Informes de Investigación emitidos por este despacho es recabada según la normativa y límites legales que establece la Constitución Española y resto de normas que comprenden el marco jurídico que regula la actividad profesional, con especial atención al Código Penal, sus modificaciones de 2010 y 2015, así como a la norma 2/2023 de 23 de febrero, Contra la Corrupción y de Protección del Informante, entre otras. En todo caso se acreditará fehacientemente la legitimidad del encargo por la parte interesada. El Investigador tiene el deber inexcusable de poner en conocimiento de la Justicia, cualquier acto o sospecha de comisión de actividades ilícitas conocidas en el desempeño de su profesión o en cualquier otra circunstancia.
En cumplimiento con el deber de información recogido en artículo 10 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (LSSICE), el propietario de la web https://isdp.es, informa:
Denominación comercial: ISDP CONSULTORÍA DE INVESTIGACIÓN Y CUMPLIMIENTO
Titular: Juan E. Iglesias S. Tip.: 1936, RNSP.10404. TOLEDO
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NORMAS INTERNACIONALES DE ENTIDADES DE ESTANDARIZACIÓN
Norma común a todos los Sistemas de Gestión en las Organizaciones
ISO 19011:2018. Directrices para la Auditoría de sistemas de Gestión. Norma genérica, común a todos los sistemas de gestión: Los objetivos del programa de auditoría deben ser coherentes con la dirección estratégica del Cliente y servir de apoyo a la política y los objetivos del sistema de gestión.
Normas ISO de Compliance
Incluyen:
ISO 37002: Gestión de denuncias. Expone los requisitos y directrices de implementación de un sistema eficaz de Gestión de Denuncias dentro de la Organización, el cual permite a las organizaciones gestionar de manera efectiva y confidencial las denuncias internas y externas. La implementación de esta norma guía a las organizaciones para el fomento de una cultura corporativa de integridad y transparencia.
ISO 19600:2015 Sistemas de Gestión de Compliance. Tiene por objetivo minimizar el riesgo de sufrir sanciones, multas y contingencias por parte de la persona jurídica, al resultar su aplicación eximente o atenuante de la responsabilidad.
UNE 19601: Sistemas de gestión de Compliance Penal. Certificación de Prevención de Delitos. Norma que establece los requisitos y directrices de implementación de un sistema de gestión de Compliance penal. Su objetivo es servir de guía a las organizaciones para la prevención y detección de delitos y actuar en consecuencia si se produce un delito. La implementación de esta norma puede ayudar a las organizaciones a reducir el riesgo de sanciones penales y económicas, mermas de imagen y reputacionales.
UNE 19602: Sistemas de gestión de Compliance tributario y fiscal: Compliance Tributario. Esta norma establece los requisitos y directrices para la implementación de un sistema de gestión de Compliance tributario. El objetivo de la norma es ayudar a las organizaciones a cumplir con sus obligaciones
fiscales y tributarias. La implementación de esta norma puede ayudar a las organizaciones a reducir el riesgo de sanciones y multas por incumplimiento fiscal.
ISO 27001:2022 Seguridad de la información, Ciberseguridad y Protección de la Privacidad. Establece los requisitos y directrices para un sistema de gestión de seguridad de la información (SGSI).
El SGSI orienta a las organizaciones en la protección de la confidencialidad, integridad y accesibilidad de la información. Su implementación y recomendaciones guía a las organizaciones en evitación de pérdida o robo de información confidencial.
ISO 27701:2021. Gestión de privacidad de la información. Esta norma establece los requisitos y directrices para la implementación de un sistema de gestión de privacidad de la información. El objetivo de la norma es orientar a las organizaciones en la protección los datos personales de sus clientes y empleados. La implementación de esta norma puede ayudar a las organizaciones a cumplir con las leyes de privacidad de datos, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE.
ISO 37000:2022. Gobernanza de las Organizaciones.
ISO 37001:2017. Sistemas de Gestión Antisoborno. Esta norma establece los requisitos y directrices para la implementación de un sistema de gestión Antisoborno. El objetivo de la norma es servir de ayuda a las organizaciones a prevenir, detectar y tratar el soborno en todas sus formas. La implementación de esta
norma puede ayudar a las organizaciones a reducir el riesgo de sanciones legales y financieras.
ISO 37002: 2021. Sistemas de Denuncia de Irregularidades: WHISTEBLOWING o CANAL DE DENUNCIAS
ISO 37301:2022. Sistemas de Gestión de Compliance. Norma actualizada de aplicación de Directrices y Requisitos de orientación. Esta norma establece los requisitos y directrices para la implementación de un sistema de gestión de Compliance en una organización. El objetivo de la norma es servir de guía a las organizaciones en el cumplimiento de sus obligaciones legales y compromisos éticas. Su implementación es evidencia de compromiso con el cumplimiento normativo dentro de las organizaciones.
Otras
IBGC. Índice y Certificado de Buen gobierno Corporativo (G, G+ ó G++), destinados a empresas que coticen en mercados de valores .Licencia de uso de marca BGC
ISO 14001:2015. Sistema de Gestión de Medioambiente. Norma de definición de la política de Gestión de la Organización. El objetivo de la Norma es proveer de un lenguaje común para la gestión ambiental al establecer un marco para la certificación de sistemas de gestión ambiental (SGA) por terceros, ayudando a la industria a satisfacer la demanda de los consumidores y agencias gubernamentales de una mayor responsabilidad ambiental, mediante un proceso de Mejora Continua en su Sistema de Gestión. Como garantía adicional de cumplimiento y compromiso social, se refiere la verificación de las directrices europeas contenidas en el Reglamento EMAS.
ISO EN IEC 17021:2011. Evaluación de la Conformidad. Sirve de base para facilitar el reconocimiento de la certificación de los sistemas de gestión. Requisitos para los organismos que realizan la auditoría y la certificación de sistemas de gestión, tiene por objeto aumentar la confianza en los certificados emitidos conforme a las normas de sistema de gestión, tales como ISO 9001, ISO 14001 e ISO 22000.
Criterios ESG (Environment Social and Governance) e ISR (Inversión Socialmente Responsable): Criterios identificables, mesurables y gestionables, con visibilidad para los inversores.
¿Qué son los criterios ESG y por qué son importantes para los inversores?
https://www.bbva.com/es/sostenibilidad/que-son-los-criterios-esg-environmental-social-and-governance-y-por-que-son-importantes-para-los-inversores/
La adaptación a las normas estandarizadas es un proceso voluntario que presenta importantes ventajas. En lo que concierne a la emisión de acreditaciones por entidades de Normalización, distinguimos entre Homologaciones y Certificaciones.
Las Homologaciones, son una herramienta de verificación de cumplimiento de estándares aplicados a procesos, áreas y sistemas. Se articula mediante un Cuestionario de Homologación o Formulario de Verificación dirigido a los Proveedores por parte de los Clientes y confeccionado con el asesoramiento de una Entidad reconocida de Estandarización, que incluye unos parámetros de exigencia u homologación. Estos requisitos o criterios (calidad, compromiso medioambiental, sostenibilidad, seguridad, RSC, Cumplimiento legal y solvencia) planteados en un cuestionario de hasta 200 preguntas, son indispensables y excluyentes, debiendo el proveedor cumplimentar, razonar y acreditar el cumplimiento de los mismos.
Procedimiento:
Por su parte, el proceso de Certificación es la culminación de la implantación de los Sistema de Gestión dentro de una cadena de actuaciones y cumplimiento de requisitos de ajuste a las normas regulatorias ISO, UNE o Directivas y Reglamentos europeos y acredita, verifica y documenta en un certificado reconocido internacionalmente el cumplimiento de la normativa.
El procedimiento consiste en:
Sus ventajas son numerosas, mencionando entre otras que es requisito:
ejemplo de cuestionario de empresa estatal:
Microsoft Word – P-APR-CAL-002.02 Rv 04.doc (contrataciondelestado.es);
¿En qué puede contribuir ISDP durante el proceso ?
En el asesoramiento y durante las etapas preparatorias de los equipos de Gestión y auditoría Interna
En las evaluaciones de la organización y nivel de coherencia entre objetivos y normas
En la labor formativa y divulgativa, pulsando el grado de interiorización por parte de la Organización de las políticas diseñadas y de conocimiento de obligaciones y responsabilidades.
En la Implantación de un Sistema de Gestión de Cumplimiento Normativo.
En el control y seguimiento del nivel de cumplimiento y en las recomendación de medidas.
Consistiendo en labores:
Tareas de asesoramiento, planificación y de aplicación a desarrollar presencialmente en algunas de sus etapas en las instalaciones, llevadas a cabo en coordinación con miembros de la Organización con conocimiento de las áreas a analizar.
Si nos atenemos al proceso objetivo de certificación El procedimiento consiste en:
Sus ventajas son numerosas, mencionando entre otras que es requisito:
En primer lugar, se cita legislación penal vigente que regula materias específicas relacionadas (no hay normativa legal regulatoria de Cumplimiento Normativo), directivas europeas y su transposición reglamentaria relativa al Compliance.
Seguidamente, Normas de adopción voluntaria, Informes jurídicos y Circulares de la Fiscalía
en segundo lugar, reformas del Código Penal, en lo que atañe a la responsabilidad de la Persona Jurídica y modelos de prevención.
Por último, legislación relacionada en material de Fraude Fiscal y contra la corrupción,
El marco normativo y regulador está en constante actualización y es obligación de la empresa conocer y adaptarse a la legislación que concierne a su ámbito de actividad.
En lo que a las Normas de Obligado Cumplimiento respecta:
Así los Principios que rigen la actividad profesional en ISDP y sus colaboradores, esencia de su Política Profesional (entendida como declaración pública formal acerca de los principios que rigen la actividad del Despacho) como verdadera declaración de intenciones y del Código de Conducta a aplicar, directrices ineludibles que inspiran la labor del Detective Privado que suscribe, emanan de fuentes, materias y disciplinas que regulan, definen y conforman las actividades, metodologías y técnicas de investigación.
Lejos de un proceder aséptico e indeterminación moral que en ocasiones distancia el tratamiento de los asuntos de las personas, que se centra en la consecución de objetivos bajo los criterios que priorizan la maximización de beneficios y minimización de costes, urge y es necesidad atribuir una dimensión humana prevalente al sentido de responsabilidad profesional.
Valores éticos, principios rectores y criterios profesionales asumidos y aplicados por este despacho:
Solicite un estudio preliminar de su caso y propuesta de Investigación, sin compromiso:
Puede exponer con brevedad su caso, sin consignar datos concretos. Antes de 24 se le propondrá una
cita telefónica en la que se le ofrecerá detalle de un planteamiento preliminar de las posibles vías de
actuación, si procede intervención y medidas a aplicar. Igualmente, se le informará sobre el modo de
contactar de manera segura, y sobre cuestiones legales y de procedimiento.
Llame: +34 696 423 312
contacto@isdp.es Lun – Vie 09:00-17:00
Far far away, behind the word mountains, far from the countries Vokalia and Consonantia, there live the blind texts. Separated they live in Bookmarksgrove right at the coast of the Semantics, a large language ocean. A small river named Duden flows by their place and supplies it with the necessary regelialia. It is a paradisematic country, in which roasted parts.
I should be incapable of drawing a single stroke at the present moment; and yet I feel that I never was a greater artist than now. When, while the lovely valley teems with vapour around me, and the meridian sun strikes the upper surface of the impenetrable foliage of my trees, and but a few stray gleams steal into the inner sanctuary,
Far far away, behind the word mountains, far from the countries Vokalia and Consonantia, there live the blind texts. Separated they live in Bookmarksgrove right at the coast of the Semantics, a large language ocean. A small river named Duden flows by their place and supplies it with the necessary regelialia. It is a paradisematic country.